Cuando nos entregan una vivienda debemos mirar detenidamente si todo está en orden y si no existen desperfectos. En caso de que sí existan, disponemos de una serie de plazos para poder realizar las reclamaciones que consideremos necesarias.
Para las viviendas que han sido construidas antes de mayo del año 2000, los plazos son los siguientes:
- 6 meses desde la entrega del inmueble si los desperfectos no impiden su habitabilidad.
- 10 años si la vivienda se arruina o comienzan a aparecer vicios reiterados. La responsabilidad, en este caso, recaería sobre el arquitecto o contratista.
- 15 años en los casos en los que el constructor no haya cumplido lo que pone en el contrato.
En el caso de las viviendas construidas posteriormente a mayo del año 2000, los plazos son los siguientes:
- 1 año si los desperfectos impiden el buen acabado de la vivienda.
- 3 años si los desperfectos imposibilitan la habitabilidad de la vivienda o, en el caso de que no la imposibiliten, la hagan más difícil.
- 10 años para los desperfectos que tengan que ver con la estructura del inmueble.
Es muy importante conocer estos plazos de tiempo si necesitamos hacer reclamaciones sobre cualquier aspecto relacionado con la vivienda, ya que si se pasa el plazo no podríamos reclamar. Consulta a los asesores y gestores de Redtax, empresa de Redpiso, para que te ayuden durante todo el proceso.