Así es la hipoteca inversa, que garantiza una renta sin perder la propiedad

Así es la hipoteca inversa, que garantiza una renta sin perder la propiedad
4 febrero, 2020 REDPISO

Resulta paradójico que en un país donde casi el 90% de los mayores de 65 años cuenta con una vivienda en propiedad haya jubilados con una pensión pública insuficiente para mantener el nivel de vida anterior al retiro. “España es un país con viudos con pisos muy grandes y rentas muy pequeñas”, advertía el pasado marzo el director general de Economía y Estadística del Banco de España, Óscar Arce. Consciente del problema, el supervisor bancario nacional se ha pronunciado en favor de fórmulas que ayuden a reforzar la previsión individual de los ciudadanos ante el reto que supone la mayor longevidad y una de ellas es la hipoteca inversa, que permite transformar la riqueza inmobiliaria en capacidad de consumo.

Este producto está dirigido a personas mayores de 65 años que tengan una vivienda en propiedad valorada a partir de 150.000 euros y que vivan en poblaciones de más de 45.000 habitantes. El cliente recibe un porcentaje del valor de la casa, en torno al 30%, de una sola vez o en forma de mensualidades vitalicias manteniendo la propiedad y el uso de la vivienda.

La obligación de devolver el préstamo (capital más intereses) no puede exigirse por Ley al titular, solo a sus herederos, a los que se suele dar un año para que decidan cómo hacerlo. Pueden liquidar la deuda con su propio dinero y quedarse con la vivienda, suscribir una nueva hipoteca para ir pagando la deuda o vender la vivienda, devolver lo prestado y quedarse con la diferencia.

Gran desconocida

De origen anglosajón, la figura de la hipoteca inversa lleva regulada en España desde 2007, aunque su comercialización todavía es marginal. El desconocimiento en torno a esta alternativa –sólo un 12% de los mayores de 65 años ha oído hablar de ella–, el temor a que los hijos adopten una posición negativa respecto a su contratación y el componente herencia son algunos de los factores que frenan su impulso, según la Fundación de Estudios Financieros. A ello hay que sumar que antes de 2013 los bancos que sí la ofrecían obligaban a suscribir un seguro de rentas vitalicias diferidas –el asegurado percibe una renta a partir de la finalización del plazo acordado hasta su fallecimiento– que muchos clientes no querían contratar por los elevados costes que implicaba.

El ejercicio en el que más operaciones se registraron fue 2009, con 780, seguido de 2010, con 485 contratos firmados. En 2018, último dato disponible, solo se formalizaron 45 actos, con una cuantía promedio de 574.764 euros, según el Centro de Información Estadística del Notariado. Sin embargo, hay operadores que confían en que 2020 será el año de despegue del producto.

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