En muchas ocasiones se duda entre comprar o alquilar una vivienda, por lo que surge una nueva modalidad denominada alquiler con opción a compra.
Consiste en un contrato de alquiler en el que existe una cláusula que permite la opción de comprar el inmueble por parte del inquilino. Éste habita la vivienda en régimen de alquiler hasta la fecha señalada con un contrato en el que se puede producir la compra llegado ese momento (el plazo suele ser de entre dos y cinco años). Una vez acabado este plazo de tiempo, el inquilino puede comprar la vivienda por el precio que se pactó al hacer el contrato, descontando lo que se ha ido pagando por el alquiler.
En este tipo de contrato existen realmente dos subcontratos: uno relacionado con el alquiler del inmueble y otro relacionado con la posible compra del mismo. En este contrato es muy importante tener en cuenta ciertos aspectos y dejar bien detallado por escrito el periodo de tiempo que tiene que pasar hasta que pueda hacerse posible la compra, la renta de alquiler, decir quién se hace cargo de los gastos derivados de la vivienda, precio por el que se podrá comprar la vivienda, cantidad de dinero que se descontará debido a los pagos por el alquiler, precio por el que se penalizaría al inquilino en caso de que finalmente no quiera comprar el inmueble, etc.
Esta modalidad de contrato supone unas ventajas y unos inconvenientes tanto para el inquilino como para el propietario.
En cuanto al inquilino, las ventajas que supone el alquiler con opción a compra son que los pagos por el alquiler serán rentables ya que se le descontará del futuro pago de la vivienda, que permite ahorrar para el momento de la compra y que es posible conocer la vivienda, la zona, los vecinos, etc. antes de proceder a la adquisición. Los inconvenientes para el inquilino son que el precio se firma a la hora de hacer el contrato, sin conocer realmente las condiciones del inmueble y sin poder beneficiarse de posibles bajadas de precios. Además, la renta por alquiler suele ser más elevada por disponer de la opción de compra.
En cuanto al arrendador, las ventajas son que su vivienda está alquilada y obtiene una renta por ello. Esta renta está asegurada porque en caso de que no la reciba el inquilino perdería la opción a compra. Los inconvenientes son que, finalmente, el inquilino puede decidir no comprar, que no recibe la cantidad de dinero pactada desde el principio y que no puede alquilar la vivienda a otras personas.
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