El pasado viernes 03/11 el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario y próximamente llegará al Parlamento para iniciar los trámites de su aprobación.
El objetivo de esta nueva ley es dar transparencia a los consumidores, reducir los gastos asociados a modificaciones en los contratos hipotecarios y aportar seguridad jurídica a la banca.
Si ya se cuenta con una hipoteca las modificaciones tendrán un impacto reducido, podrá beneficiarse de la posibilidad de convertir una hipoteca variable en una fija y de la ampliación de plazo y cantidades que se puedan impagar sin que el banco pueda activar la cláusula de vencimiento anticipado para evitar que se inicie el procedimiento de ejecución hipotecaria.
La ley abarata el coste de cambiar una hipoteca por otra ya sea con la misma entidad o con la competencia, las comisiones se suprimen a partir del tercer año y se rebajan los gastos de notaría y registro.
El banco solo podrá aplicar la cláusula de vencimiento anticipado si el impago supera el 2% del capital concedido o si se han producido nueve impagos mensuales, pero estas condiciones solo se podrán ejecutar en aquellos préstamos donde no se haya activado la cláusula de vencimiento anticipado.
Si se va a firmar una hipoteca próximamente se podrá beneficiar del paso de una hipoteca variable a una fija, podrá recibir asesoramiento gratuito del notario sobre el contenido del contrato durante los siete días previos a la firma, no se verán obligados a contratar productos vinculados a la hipoteca como seguros de vida o de hogar. Pero en el caso de quien debe asumir los gastos que conlleva la firma de una hipoteca la norma no deja muy claro quién debe pagar qué, solo exige transparencia.