La fianza constituye una garantía en sentido pleno, pero igualmente existen otras que harán el contrato más seguro. Estas otras garantías son el aval bancario, el aval personal, el depósito, la agencia de gestión de alquiler y cobros y los seguros contra impago.
El aval bancario constituye una garantía para el arrendador, ya que se asegura el cobro de la renta si el inquilino la incumple. En caso de que el arrendador decida utilizar este aval, el banco se encargará de que el inquilino le devuelva la cantidad de dinero. Para conseguir un aval bancario la entidad estudia determinados aspectos como la capacidad del inquilino para hacer frente al pago de la renta, la capacidad del inquilino para devolverle el dinero al banco y las relaciones de ese inquilino con ese banco. Para que la entidad decida convertirse en aval se le habrán de pagar una serie de costes derivados de ciertas comisiones que exija.
El aval personal constituye una garantía para el arrendador, ya que cobrará las rentas de parte del inquilino o de parte del aval. En este caso, el aval puede ser solidario o no. Si no es solidario, el arrendador podrá reclamar el pago de la renta al inquilino y, una vez dirigido a éste, podrá ir al aval. En cambio, si es solidario, el arrendador podrá dirigirse indistintamente al inquilino o al aval.
El depósito es una cantidad de dinero que el inquilino entrega al arrendador para asegurar el pago de la renta.
La agencia de gestión de alquiler y cobros es una empresa privada que se asegura de que el arrendador reciba el cobro de la renta de forma puntual. Sus funciones son buscar al inquilino, analizar si situación financiera, elaborar el contrato, gestionar el cobro de la renta y garantizar el desahucio en caso de que el inquilino no haga frente a sus pagos.
Por último, los seguros contra impago son empresas aseguradoras que se encargan de pagar al arrendador en caso de que el inquilino no lo haga. Además, ofrecen otra serie de servicios como la defensa jurídica, el resarcimiento de daños y perjuicios por el impago y el resarcimiento de daños causados en la vivienda.
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