La firma digital

La firma digital
14 septiembre, 2021 REDPISO
La firma digital

La firma digital es un tipo de firma electrónica que garantiza que el firmante es quien dice ser y que el contenido del documento no ha sido manipulado. Es completamente legal en Europa, y por lo tanto, también en España. Esta veracidad queda recogida en el artículo 25 también conocido como eIDAS, el cual establece los marcos y efectos legales de las firmas electrónicas.

Debido al brote de COVID-19, se están realizando cambios drásticos en la metodología de trabajo de  numerosas empresas. Por ello, el sector inmobiliario intenta continuar con sus operaciones y estudia cómo adaptar los procesos con el objetivo de ser más competitivos y eficientes. A través de esta búsqueda, surge una magnífica oportunidad sin necesidad de que ambas partes se encuentren presentes: La firma digital.

A continuación, se van a exponer algunas de las ventajas que supone el uso de la firma digital:

– Ventajas

 

  • Cuidado del medio ambiente: las firmas digitales suponen una disminución de los costes en torno al 30% debido a que se evitan los gastos de desplazamiento y los gastos relacionados con la impresión de los respectivos contratos.

 

  • Comunicación a distancia: Si en el contrato redactado habría algún problema o incidencia, como puede ser cambio en el precio de la vivienda, el agente inmobiliario podría resolverlo sin la necesidad de desplazarse.

 

  • Seguridad y accesibilidad: Este formato permite almacenar innumerables documentos en un único lugar. Será mucho más sencillo para el agente inmobiliario por si tuviera que realizar un duplicado.

 

  • Optimización del espacio físico: con el constante desarrollo de las tecnologías, se usan en menor medida algunas herramientas como impresora, fax o escáner.

 

  • Comodidad: Los documentos pueden firmarse en cualquier momento, incluso si las partes no se encuentran en la misma localización.

 

¿ Es fiable la firma digital en contratos post-pandemia?

La firma digital tiene plena validez legal por diversas razones.

En primer lugar, cada número de teléfono en España está vinculado a una única persona, en este caso el firmante. Es decir, con un simple número de teléfono se puede identificar a una persona.

En segundo lugar, el firmante recibe un enlace a través de email o SMS, el cual trata sobre la petición de la firma. En ambos casos recibirá un PIN que al introducirlo en la respectiva plataforma, le dará lugar a la firma del documento.

Por último, para finalizar el acuerdo un agente homologado enviará tanto un certificado por SMS como una copia del contrato por correo electrónico.

 

En definitiva, la crisis sanitaria del COVID-19 provocó una reinvención en las empresas del sector inmobiliario, la cual permitió ser más prácticos y resolutivos a la hora de satisfacer las necesidades de los clientes.

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