En ocasiones nos encontramos con un vecino molesto que no se preocupa por sus vecinos. Las molestias más comunes suelen ser ruidos, ya sea música, gritos, etc. También suele resultar molesto organizar fiestas con mucha gente en el piso. Esto perturba a los vecinos y, en ocasiones, perturba su descanso.
Hay ciertas medias que se pueden llevar a cabo si el vecino molesto persiste en sus actividades, pues sí sucede en un día puntual no se suele hacer nada o, como mucho, decírselo en el momento.
Si estas acciones molestas persisten y se repiten, es necesario actuar. Lo más recomendable es hablar con el vecino y decirle lo que nos molesta, pidiéndole que cese en sus acciones. Si aun así persiste, será el Presidente de la Comunidad el que tendrá que encargarse del asunto. Le dirá al vecino molesto que cese sus actividades o que, de lo contrario, tendrá que iniciar una vía judicial. Esta conversación tiene que poder demostrarse posteriormente.
Si el vecino sigue realizando sus actividades haciendo caso omiso del Presidente, se convocará una Junta Extraordinaria para decidir qué hacer. En esta Junta se le da al Presidente el poder necesario para que inicie acciones legales. El abogado al que se dirija se encargará de poner una demanda contra el vecino molesto, que deberá ir acompañada de lo anterior conversación que debía demostrarse. Así, se comprueba que el resto de vecinos mostraron buena voluntad e intentaron hablar y razonar con el vecino molesto previamente. También deberá ir acompañado del Acta de la Junta Extraordinaria que se convocó y que otorgó poderes al Presidente para actuar. Puesta la demanda, el Juez determinará qué hacer. Si el vecino molesto no hace caso al Juez, incurrirá en un delito de desobediencia. Si la vivienda del vecino molesto es de alquiler, la demanda se pondrá contra el propietario y, en su caso, también contra el inquilino. Las consecuencias para el demandado serían una indemnización a los vecinos por daños y perjuicios, una obligación de cesar con la actividad molesta y, posiblemente, la prohibición de usar la vivienda en tres años.